REGLAMENTO DE PRÉSTAMOS A DOMICILIO

REGLAMENTO DE PRESTAMOS A DOMICILIOLa Biblioteca Popular Posadas es una entidad de carácter civil sin fines de lucro cuyos propósitos son: sostener y fomentar la Biblioteca Popular de esta localidad y también contribuir a la educación popular mediante otras acciones como cursos, seminarios, conferencias, talleres y/o espectáculos populares.

La Biblioteca tiene 3 categorías de socios: CONTRIBUYENTES, ESTUDIANTES Y MENORES.

Para asociarse deberán presentar los siguientes requisitos de acuerdo a la categoría.

SOCIOS CONTRIBUYENTES: SOCIOS ESTUDIANTES: SOCIOS MENORES:

1)    DNI

2)    Abonar  la cuota  anual de $2000

3)    Aceptar las normativas de la biblioteca.

1)    DNI

2)    Certificado de alumno regular

3)    Abonar  la cuota  anual de $1000

4)    Aceptar las normativas de la biblioteca.

1)    DNI del menor

2)    DNI del padre o tutor

3)    Abonar  la cuota  anual de $1000

4)    Aceptar las normativas de la biblioteca.

Los asociados activos tendrán los siguientes derechos y obligaciones:

a)    Abonar las cuotas sociales.

b)    Cumplir las demás obligaciones impuestas por este Estatuto, los Reglamentos y las Resoluciones de Asamblea y de Comisión Directiva.

c)    Tener voz y voto en las Asambleas, elegir y ser elegido para integrar los órganos sociales. Esto último con la condición de una antigüedad mínima de seis meses en la categoría de activo, condición que no será exigida para integrar la primera Comisión Directiva y el primer órgano de fiscalización.

El asociado que se atrase en el pago de tres cuotas sociales será notificado en forma fehaciente de su obligación de ponerse al día con la tesorería de la entidad. Pasado un mes de la notificación sin que hubiere regularizado su situación, la Comisión Directiva podrá declarar la cesantía del asociado.

La Comisión Directiva podrá aplicar a los asociados las siguientes sanciones:

a)    Amonestaciones;

b)    Suspensión;

c)    Expulsión; las mismas se graduarán de acuerdo con la falta y las circunstancias que rodearon los hechos incriminados. Serán motivos o causas que determinarán la aplicación de tales sanciones las que se enumeran en los incisos siguientes:

a.    Incumplimiento de las obligaciones impuestas por este estatuto, reglamentos, resoluciones de las asambleas y comisión directiva;

b.    Inconducta notoria;

c.    Hacer daño voluntariamente a la entidad, provocar desórdenes graves en su seno u observar un comportamiento que sea manifiestamente perjudicial a los intereses sociales.

Las sanciones disciplinarias a que se refiere el artículo anterior serán resueltas por la Comisión Directiva con estricta observancia del derecho de defensa. En todos los casos, el asociado afectado podrá interponer dentro del término de 15 días de ser notificado de la resolución de la Comisión Directiva el recurso de apelación por ante la primera Asamblea que se celebre. Sin perjuicio de interponer previamente y/o conjuntamente con éste el recurso de reconsideración por ante la Comisión Directiva.

A partir del momento de inscripción, el socio ya está habilitado para retirar los materiales.

Sólo podrán retirar libros de la Biblioteca los socios que tengan la cuota al día, de lo contrario deberán regularizar su situación abonando una REINSCRIPCIÓN de $50 y la cuota del año.

Los libros serán prestados en forma GRADUAL, es decir, durante el primer mes se le prestará un solo libro, y luego se irá aumentando hasta cumplir el máximo de cinco libros por vez, para comprobar la HONESTIDAD Y RESPONSABILIDAD del socio.

Quedan excluidos del préstamo a domicilio los materiales considerados OBRAS DE REFERENCIA (Diccionarios, Enciclopedias, etc.) los 

ejemplares únicos de la Colección Local-regional y los libros del Tesoro y la Hemeroteca, como también todos aquellos que así lo considere el Bibliotecario.

Las OBRAS LITERARIAS (novelas, cuentos, teatro, etc.) se prestarán por treinta días siempre y cuando exista otro ejemplar igual. Los TEXTOS ESCOLARES y DOCUMENTOS DE MUCHA DEMANDA se prestarán durante 3 días. Las OBRAS GENERALES (Filosofía, Política, Historia, etc.) se prestarán por el término de quince días.

Los materiales serán devueltos en el plazo estipulado. El socio que no devuelve a término los documentos deberá abonar una MULTA DE $10 (por libro y día de atraso) y quedará suspendido por los días que se haya atrasado, no pudiendo retirar los materiales hasta que se cumpla dicho plazo.

Los socios podrán RENOVAR los libros siempre y cuando no haya sido reservado por otro socio. Las renovaciones por teléfono son sólo en caso de urgencias.

Préstamo extraordinario: En el período de vacaciones de verano (mes de enero) se habilita el préstamos de hasta 7 ejemplares a los socios con la cuota al día. 

Se pone a disposición el ESTATUTO DE LA BIBLIOTECA.